El Juzgado Federal 1 fundamentó ayer su lineamiento de no hacer lugar al pedido de la ex intendente de Riachuelo, Ingrid Jetter de acceder a la banca nacional de la Cámara baja, dejada por el radical Alfredo Vallejos, la cual será finalmente ocupada hoy por el referente de ELI, José Federico Tournier.
En su argumentación, el órgano especifica de manera contundente: «La petición debe rechazarse. No asiste razón a la presentante en lo establecido en el artículo 164 del Código Electoral Nacional, Ley N° 19.945 y sgtes. y concordantes, el cual expresa: «En caso de muerte, renuncia, separación, inhabilidad o incapacidad permanente de un/a Diputado/a Nacional lo/a sustituirán los/as candidatos/as de su mismo sexo que figuren en la lista como candidatos/as titulares según el orden establecido. Una vez que ésta se hubiere agotado ocuparán los cargos vacantes los/as suplentes que sigan de conformidad con la prelación consignada en la lista respectiva y el criterio establecido en el párrafo anterior. Si no quedaran mujeres o varones en la lista, se considerará la banca como vacante y será de aplicación el artículo 51 de la Constitución Nacional. En todos los casos los/as reemplazantes se desempeñarán hasta que finalice el mandato que le hubiere correspondido al titular».
En virtud de lo expuesto, asegura: «La vacante generada a raíz de la renuncia del diputado nacional, señor Alfredo Oscar Vallejos, debe ser cubierta por un candidato del mismo sexo que figure en la lista como candidatos titulares, esto es, por el señor Tournir José Federico DNI Nº 24.416.624».
La actual delegada argentina en la Comisión Administradora del Río Uruguay (Caru), indicó que realizó una presentación ante la Justicia Federal de Corrientes. «Nosotros hicimos una presentación apenas renunció Alfredo Vallejos porque entendemos que una de nuestras banderas siempre fue la paridad», expresó en declaraciones a Radio Dos.
Para la ex legisladora nacional, este cambio va en contra del espíritu de la ley. La norma fue sancionada en noviembre de 2017 con la intención de aumentar la participación de las mujeres en el ámbito legislativo. Su Artículo 3 establece que «en caso de muerte, renuncia, separación, inhabilidad o incapacidad permanente de un/a diputado/a nacional lo/a sustituirán los/as candidatos/as de su mismo sexo que figuren en la lista como candidatos/as titulares según el orden establecido». La cláusula se había fijado para evitar las candidaturas testimoniales de mujeres.
Si bien la Justicia Federal con competencia electoral de Primera Instancia rechazó el pedido, Jetter acudió a la Cámara Electoral Nacional y no descarta avanzar hasta la Corte si el fallo es desfavorable.