El reconocido abogado local analizó en el programa “La Mañana de Noticias” por TN Esquina la intervención policial en los ingresos a los establecimientos educativos tras las recientes amenazas. Aseguró que, si bien existe una preocupación social genuina, el derecho a la intimidad de los menores está protegido por la Constitución Nacional y las leyes vigentes.
En una entrevista exclusiva con el portal TN Esquina, brindada durante el programa “La Mañana de Noticias”, el Dr. Marcos Neyroni se refirió a la situación que atraviesan los colegios de nuestra ciudad, particularmente tras los controles de ingreso realizados en la Escuela Normal J. Alfredo Ferreira. El letrado planteó un análisis jurídico profundo sobre la legalidad de las requisas de mochilas por parte de efectivos policiales.
El marco legal y constitucional
Neyroni fue contundente al citar la normativa vigente: “El Código Procesal Penal es claro: solo por orden de un juez y requerimiento de un fiscal se puede hacer una requisa sobre cuestiones personales de un sujeto”. Explicó que esta garantía protege la intimidad de los ciudadanos, un derecho fundamental amparado por la Constitución Nacional que rige para todos los argentinos y que no puede ser vulnerada por protocolos internos sin un marco legal que la sustente.
La importancia del consentimiento de los tutores
Durante la charla, el profesional remarcó que el procedimiento cambia radicalmente si media la autorización de los padres. “Si a mi hijo le mandan una comunicación donde me preguntan si autorizo que sea requisado y yo como tutor firmo, no hay problema. Pero si un padre no autoriza, la escuela no puede obligar al menor ni impedirle el ingreso”, señaló, agregando que es responsabilidad del tutor controlar que el alumno no porte elementos peligrosos.
Diferencia entre requisa y normas de convivencia
Para clarificar el panorama, el abogado distinguió lo ocurrido con las requisas de las nuevas medidas administrativas: “La disposición de asistir sin mochila o sin teléfono es entendible y legal dentro del marco del sistema educativo. Eso no afecta garantías constitucionales”. Sin embargo, insistió en que obligar a un menor a mostrar contenido privado frente a una autoridad policial sin consentimiento previo representa un conflicto con la ley, a pesar de la urgencia de la situación que enfrentan los directivos.
El rol de la sociedad y los padres
Finalmente, Neyroni aclaró que su análisis no busca confrontar con la institución policial ni educativa, sino invitar a la reflexión social. “No podemos normalizar situaciones que deben ser observadas.
Aquellos padres que no estén de acuerdo tienen el derecho de acudir a su abogado de confianza y manifestar que ellos se hacen responsables de lo que sus hijos llevan, evitando así la requisa policial”, concluyó.


