En una entrevista en “La Mañana de Noticias” al Dr. José Fernández Codazzi respecto a un caso de estafa ocurrido el 17 de julio del año 2021, quien nos contó las nuevas novedades en torno al mismo.
– ¿Qué nos puede contar sobre este hecho de estafa ocurrido el año pasado?
– Es un caso que mediáticamente se está hablando mucho, pero hay muy pocos datos de las personas que habrían, hablamos en tiempo potencial porque todavía no hay una sentencia firme, habrían estafado al Sr. Beto González dueño de una concesionaria de autos ubicada por Ruta 12, en el que vendió una Camioneta Toyota Hilux 4×2 cabina simple, de dominio BYN 070 a dos personas, dos empresarios, uno de apellido Ojeda y otro empresario verdulero que no es oriundo de la localidad de Esquina.
– ¿Qué fue lo que sucedió?
– Bueno, se hizo la correspondiente compra venta, la negociación por esa camioneta donde se hizo un plan de pago que constaba con la entrega de tres cheques, que con el tiempo no se pudieron hacer los cobros por esos cheques, lo que derivó en una denuncia penal por una supuesta estafa.
– ¿Quiere decir que esos cheques no tenían fondos?
– Eso está en investigación. Lo que sí es seguro es que no se cobraron ninguno de los tres cheques y está en investigación si los tres cheques eran reales, si tenían o no fondos, si eran legítimos. Eso está en la etapa investigativa por lo que no hay una certeza.
– Desde ese momento hasta ahora, ¿Qué novedades hay?
– Esta defensa ingresa al legajo de investigación pero no desde el lado del denunciante, quien contrató los servicios de un prestigioso estudio de abogados de Corrientes capital, ni del lado de los imputados por esta supuesta estafa, sino que ingresa como representante legal de la persona que compra esta camioneta de buena fe en la localidad de La Paz, a una concesionaria muy famosa. Ésta persona de nombre Juan Cruz, oriundo de Monte Caseros, paga el vehículo, se va a su localidad y al ingresar la transferencia allí logra título, cédula y aquí viene el gran inconveniente que es una causa del año pasado. Recién hace 15 o 20 días se procede a hacer el secuestro del vehículo en el domicilio privado de mi cliente. En un principio no tiene asidero legal ya que esta persona lo compró de buena fe y no fue citado en ningún momento en el legajo de investigación, y no se entiende el secuestro del automotor.
– O sea que usted es el abogado de una tercera persona, ¿Verdad?
– Así es, quien la compró en la concesionaria Airaldi Automotores.
– ¿Cómo llega esta camioneta a una concesionaria de La Paz?
– El hecho de cómo termina el vehículo en esa concesionaria es un interrogante para esta defensa. Mi cliente es un tercero que compró un vehículo de buena fe.
– ¿El registro del automotor no tenía ningún pedido sobre el hecho en sí, en cuanto a problemas para transferirlo?
– Es un buena pregunta, ¿Cómo puede ser que esta persona obtenga título y cédula?. Nosotros, dentro de nuestro planteo que estamos por entregar la próxima semana es justamente eso, al ingresar el trámite en el Registro del Automotor, estamos ante un funcionario público y a su superior que autoriza la transferencia y en el artículo 2 del régimen automotor prevé un sistema constitutivo de traslación del dominio. Esto significa que a partir de la firma del encargado del registro, a partir de la emisión de título y cédula produce efectos recién ahí entre partes y con relación a terceros. Si el encargado de Monte Caseros firmó la transferencia, significa que hizo todos los controles de un oficial público y de que el automotor no poseía ningún impedimento.